Desde 2021, existe en Castilla-La Mancha una deducción en el IRPF por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas escasamente pobladas.
Es posible deducirse de la cuota íntegra autonómica el 15% de las cantidades que durante el periodo impositivo satisfagan por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual, siempre que se cumplan de forma simultánea los siguientes requisitos:
- Que la vivienda esté situada en alguno de los municipios incluidos en las zonas a que se refiere el artículo 12 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, y que la población del mismo sea inferior a 5.000 habitantes.
- Que la adquisición o rehabilitación de la vivienda se haya producido a partir del 1 de enero de 2021.
Se incluyen los gastos originados y, en el caso de financiación ajena, la amortización, los intereses, el coste de los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés variable de los préstamos hipotecarios y demás gastos derivados de la misma, siendo la base máxima total de la deducción de 180.000 euros o, el importe de adquisición o rehabilitación de la vivienda si este fuera menor. A su vez, la base máxima aplicar en cada ejercicio es de 12.000 euros.
Esta deducción se mantiene para el ejercicio 2022.