Desde 2021, existe en Castilla-La Mancha una deducción en el IRPF por traslado de la residencia habitual al medio rural.
Es posible deducirse 500 euros en la cuota íntegra autonómica en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia, así como en el siguiente, por los gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual por motivos laborales a un municipio de Castilla-La Mancha de los incluidos en las zonas a que se refiere el artículo 12 de la Ley 2/2021, de medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, siempre que concurran las siguientes circunstancias:
- Que la base liquidable del periodo impositivo en el que se hubieran comenzado a aplicar las deducciones sea inferior a 22.946 euros en tributación individual o a 31.485 euros en tributación conjunta.
- Que el importe de la deducción no exceda de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de los rendimientos del trabajo y de las actividades económicas del ejercicio en que resulte aplicable la deducción.
En el supuesto de tributación conjunta, la deducción de 500 euros se aplica, en cada uno de los periodos impositivos en que sea aplicable la deducción, por cada una de las personas de la pareja que traslade su residencia con el límite de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de rendimientos del trabajo y de actividades económicas.
Para consolidar el derecho a la deducción, es preciso que el contribuyente permanezca en la nueva residencia habitual durante el año en que se produce el traslado y los tres siguientes.
Esta deducción se mantiene para el ejercicio 2022.