La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, constituye y ordena un nuevo sistema único e integrado de Formación Profesional que permite a las administraciones facilitar, por una parte, la cualificación y recualificación permanente de las personas a lo largo de todo su periodo vital y laboral y, por otra, el ajuste entre la oferta formativa y la demanda de sector productivo, con la flexibilidad que exige la generación de itinerarios formativos y profesionales versátiles. En su artículo 40.3 establece, además, que todos los ciclos formativos han de desarrollarse con carácter dual, entre el centro de formación y la empresa, incluyendo una fase de formación en empresa.
Esta nueva visión de la FP ha implicado previamente la modificación de los currículos de los distintos grados básicos, medios, superiores y cursos de especialización de Formación Profesional en Castilla-La Mancha, en 4 decretos publicados el 11 de noviembre de 2024.
El año académico 2024-2025 se implanta, con carácter general, la FP Dual como único modelo en Castilla-La Mancha, organizada en la oferta de Grado D (ciclos formativos de grado básico, medio y superior) y Grado E (cursos de especialización). Por ello, el 5 de diciembre de 2024 se publica la Orden que regula determinados aspectos sobre la organización y desarrollo del Sistema de Formación Profesional de carácter dual.
La conversión de la FP en Dual tiene diversos aspectos destacables: con el modelo antiguo, el alumnado realizaba un periodo de formación en empresas de 400 horas en el segundo curso del ciclo formativo, pasando con el modelo Dual a realizar prácticas desde el primer curso, un mínimo de 500 horas y un máximo de 1.000, distribuidas entre los dos cursos, adaptando la formación del alumno a las necesidades de la empresa. Además, el alumnado en fase de prácticas cotiza a la Seguridad Social, tal y como recoge la norma, generando derechos y experiencia desde el principio de la formación, contando con derecho a una remuneración a través del contrato de formación en alternancia.