El 18 de julio de 2024 las Cortes regionales aprueban la Ley 4/2024, de 19 de julio, de Integridad Pública de Castilla-La Mancha.
Esta norma crea la Oficina de Integridad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con el objeto de promover y asegurar la integridad de las personas que ostentan altos cargos y el buen gobierno en el ámbito de la Administración Regional.
Mediante el Decreto 82/2024, de 12 noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta, la Oficina de Transparencia, Integridad y Participación de la Vicepresidencia Primera asume las funciones que la ley asigna a la Oficina de Integridad.
La Oficina tiene entre sus funciones:
- la gestión de los registros de actividades y de bienes y derechos patrimoniales de las personas que ostentan cargos públicos o asimilados en la Junta y en los organismos y entidades de su sector público,
- efectuar las verificaciones y controles precisos sobre los extremos e información objeto de inscripción, declarada por aquellos.
- asegurar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades establecido en la normativa,
- verificar que no ha existido un enriquecimiento injustificado durante el periodo en el que se ha ejercido como alto cargo y
- realizar el seguimiento de la actividad profesional en empresa privadas en los dos años posteriores al cese.
También se residencia en la Oficina de Integridad la gestión de la tramitación de los procedimientos de inscripción, modificación, suspensión y cancelación del Registro de Grupos de interés, así como la recepción, custodia y publicidad de las declaraciones de adhesión al Código Ético de las/los altos cargos y asimilados además de la supervisión y seguimiento de la publicación de las agendas de trabajo de aquellos/as.
Además, se incluye la obligatoriedad de quienes integran el Consejo de Gobierno de presentar una declaración de patrimonio en el mismo momento de la convocatoria electoral para comprobar que no exista un incremento de patrimonio irregular durante el tiempo que hayan ejercido ese cargo público. También se contempla que las personas que ostentan altos cargos se abstengan en la toma de decisiones que puedan favorecer a empresas o entidades privadas en las que pueda haber un conflicto de intereses que puedan condicionar la toma de la decisión. Esta abstención ha de ser comunicada a la Oficina de Integridad, herramienta de control y vigilancia, para que conste en el registro de actividades del cargo en cuestión.