Se han estudiado ya los antecedentes de esta propuesta. En la Ley 8/2000, de 30-11-2000, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha, se estimaba la creación en el Título III del Defensor del Usuario del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha. No obstante, este título se derogó con la Ley 16/2001, de 20-12-2001, del Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha, que a su vez estuvo vigente hasta el 29 de diciembre de 2011, fecha en que se aprobó la Ley que suprimía esta institución en la pasada legislatura: el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha.
Se está trabajando en la forma jurídica que se puede dar para hacer realidad esta propuesta, conscientes del alcance que supone la protección a los derechos de los ciudadanos y ciudadanas, en Castilla-La Mancha se hace especial hincapié en ofrecer una asistencia sanitaria digna, desde el respeto, la calidez y la intimidad de las personas.
Aún así, esta iniciativa se va a ver afectada por la Ley de Participación Ciudadana que el Gobierno Regional va a presentar a trámite parlamentario. En este primer trimestre de 2018 está sometiendo a consulta pública antes de continuar con su procedimiento en Cortes. Tras este trámite y con las enmiendas que reciba, se continuará con los siguientes pasos para su aprobación final.