Toda la información relativa a las incidencias en la ejecución de contratos es objeto de publicidad por parte de cada órgano de contratación de la Junta en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Incidencias como las relacionadas con las prórrogas y variaciones del plazo de duración, la suspensión o demora en su ejecución, la cesión de contrato, la subcontratación, la información… LEER MÁS +
Toda la información relativa a las incidencias en la ejecución de contratos es objeto de publicidad por parte de cada órgano de contratación de la Junta en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Incidencias como las relacionadas con las prórrogas y variaciones del plazo de duración, la suspensión o demora en su ejecución, la cesión de contrato, la subcontratación, la información relativa a la revisión de precios, así como a la desviación del coste final de la prestación contratada, las penalidades impuestas por incumplimiento, o el importe y porcentaje de la liquidación practicada a la finalización del contrato.
Los órganos de contratación de la Junta, además, velan para que la oferta económica presentada por la empresa adjudicataria responda a las retribuciones y salarios establecidos por convenio colectivo. Las empresas deben acreditar esta condición mediante declaración responsable.
Además, las nuevas cláusulas sociales, aprobadas por el Gobierno de Castilla-La Mancha, en octubre de 2016, también suponen más mecanismos a disposición de la Administración regional para el cumplimiento estricto de los contratos públicos de la Junta por parte de las empresas adjudicatarias, a fin de garantizar la mejor calidad en la prestación del servicio adjudicado, con el establecimiento de penalidades en caso de su incumplimiento.
El presidente de Castilla-La Mancha y los responsables regionales de los sindicatos CCOO y UGT firmaron el 17 de julio de 2017 el III Acuerdo por la Estabilidad en el Empleo, que garantiza que la estabilidad y la calidad sigan siendo el hilo conductor en la prestación de los servicios públicos en la región, de modo que la Administración puede tomar medidas en caso de incumplimiento, que van desde la imposición de penalidades al contratista hasta la propia resolución contractual.
Por último, la Ley en Materia de Gestión y Organización de la Administración y otras Medidas Administrativas, aprobada en 2017, amplía de 3 a 6 meses el margen temporal a la Administración para exigir la ejecución del contrato a las empresas en caso de incumplimiento, una medida que otorga seguridad jurídica a este tipo de procedimientos en materia de responsabilidad del contratista por daños y perjuicios, imposición de penalidades e incautación de garantías.
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